CIRCULAR 18/2024
22 de julio de 2024
REFORMA DEL ARTÍCULO 14º DEL REGLAMENTO DEPORTIVO NACIONAL
Nueva redacción resuelta en reunión de Comisión Directiva del 18 de julio de 2024
Mediante Asamblea en el caso de las Asociaciones y la C.D.I. en los Circuitos, se definirá con suficiente antelación a la temporada deportiva cuantas carreras por tipo, según el Artículo 13º integrarán el Plan de Vuelos y se fijará la proporción que deberá existir según los rangos de distancias previstos en el Art. 11º. En el caso de las carreras reservadas a Pichones podrán ser de Velocidad y Semifondo. Las carreras para Adultas ó Mixtas podrán incluir cualquier tipo de distancias, en tanto las de Pichones de Nido podrán ser de Velocidad. Los Planes de Vuelos Sociales necesariamente deberán incluir un mínimo de 5 fechas destinadas a carreras de Pichones y 5 fechas a carreras para Adultas o Mixtas, por separado o superpuestas. Las carreras para Pichones de Nido serán optativas.
REITERACIÓN DE LO INFORMADO POR CIRCULAR 09/2024: SISTEMAS DE CÁLCULOS – CATEGORÍA PICHONES
A los fines de asegurar el cumplimiento al Art. 13º del Reglamento Deportivo Nacional, la F.C.A. solicitará a los Administradores de Sistemas de Cálculos Online que a partir del año 2025 en los concursos y campeonatos de cualquier nivel o alcance (social, intersocial, especial, etc.), bajo organización de las entidades afiliadas y reservados a la categoría Pichones (o alternativamente Yearling), solo se puedan inscribir, encestar y consecuentemente participar ejemplares que porten los anillos distribuidos y habilitados exclusivamente por la Federación a partir del 1º de junio del año anterior.
Osvaldo Dagnino
Presidente
Federico Arias
Secretario General
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