CIRCULAR 06/2009.

MODIFICACION REGLAMENTO DEPORTIVO
 
La Comisión Directiva de la Federación Colombófila Argentina, en uso de sus facultades resuelve modificar el artículo 153 TITULO IV - DE LOS COLOMBODROMOS del Reglamento Deportivo de la Colombofilia el que quedara redactado de la siguiente forma:
 
La Federación Colombófila Argentina habilitará colombódromos sin determinación de radio. La Asociación y/o Circuito auspiciante deberá estar emplazada a menos de cien (100) kilómetros del colombódromo.
 
FIESTA DE LA COLOMBOFILIA
 
 Se informa que la Fiesta Nacional de la Colombofilia que se iba a realizar el 1 y 2 de agosto del cte. Año, en la ciudad de Mercedes, Pcia. De Buenos Aries ha sido suspendido a consecuencia de la GRIPE "A" . Quedan Ustedes notificados.
 
CIRCULAR 5/2009
 
 Recordamos a las Asociaciones que no han cumplimentado con la Circular 5/2009 enviarla a la mayor brevedad.
 
LLEVA FIRMAS: SERGIO LEVITAN SECRETARIO GENERAL - JUAN GALANZINO PRESIDENTE

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